Los documentos necesarios para el trámite administrativo de hacerse socio son: la ficha de solicitud de alta, el mandato sepa y la hoja de protección de datos convenientemente rellenados, fotocopia del DNI o pasaporte, fotocopia de la licencia de armas (en caso de poseerla) y una fotografía tamaño carnet.
En el momento de formalizar la inscripción deberá abonarse una CUOTA DE ENTRADA que se cobra una sola vez al realizar el alta como socio (incluye carnet de socio), la CUOTA TRIMESTRAL DE SOCIO del club y la TARJETA DE ACCESO A LAS INSTALACIONES.
*Tanto la tarjeta de acceso como el carnet de socio son personales e intransferibles.
*AHORRO FAMILIAR: Están exentos de la cuota social establecida, los hijos menores de 18 años de socios que tengan la licencia federativa correspondiente expedida por el Centro de Tiro Olímpico Eiroás y que no incumplan ninguna de las obligaciones de socio establecidas en los Estatutos del Centro de Tiro Olímpico Eiroás.
También deberá abonarse el coste de la LICENCIA de la Federación Galega de Tiro Olímpico o la licencia de la Federación Galega de Tiro Con Arco del año correspondiente.
No, las tiradas de competición son únicamente para los tiradores que ya poseen el permiso de armas de armas. No obstante, pueden participar en las tiradas de aire comprimido.
La licencia de armas de «Clase F» es la que permite adquirir armas para tiro deportivo. Es imprescindible obtenerla para poseer armas cortas (pistolas y revólveres) o armas largas (carabinas) para uso deportivo.
Después de haber realizado prácticas con las armas del club, será necesario presentarse al examen que realiza la FEGATO para conseguir la licencia Clase F.
Estos exámenes se realizan cada 3 meses y se puede consultar en el calendario de tiradas sociales del club las fechas de los mismos.
El examen consiste en realizar 15 disparos, en series de 5, a una diana de tiro de precisión a 25 metros. Los 5 primeros disparos son de prueba y su puntuación no cuenta para el examen. Con los siguientes 10 disparos se debe conseguir una puntuación mínima de 50 puntos para aprobar el examen.
Una vez aprobado el examen el tirador deberá presentar la documentación necesaria en la Intervención de Armas de la Guardia Civil. Dicha documentación y las instrucciones precisas le serán proporcionadas al tirador en la oficina del club.
Hay que renovarla cada 5 años y hay que cumplir ciertos requisitos para poder hacerlo. El más importante es haber realizado un cierto número de tiradas obligatorias a lo largo de esos 5 años.
(NO PUEDEN TRANSCURRIR MÁS DE 365 DIAS ENTRE LAS TIRADAS).
La licencia de «Clase F» es para cualquier arma de las llamadas «de concurso», no es exclusivamente para armas cortas. Las armas «de concurso» deben cumplir ciertos requisitos y la Federación Gallega de Tiro Olímpico debe expedir un certificado para que la Guardia Civil las acepte como armas deportivas.
Eso depende de la categoría de tirador que se tenga. Los tiradores de 3ª categoría pueden tener sólo un arma, los de 2ª categoría hasta 6 armas y los de 1ª categoría hasta 10.
Cuando un tirador acaba de obtener la licencia de armas, a efectos de la Guardia Civil lo considera tirador de 3ª categoría, y por lo tanto sólo puede adquirir un arma amparada con esa licencia.
El ascenso de categoría de la licencia de armas Clase F debe solicitarse ante la Guardia Civil presentando la documentación requerida. El principal documento a aportar es un certificado que indique que se ha superado en una competición de tiro oficial la puntuación necesaria para el ascenso de categoría solicitado.
No. Para solicitar el ascenso a 2ª categoría es necesario participar en una competición oficial de nivel autonómico y superar la puntuación mínima requerida según la modalidad de la tirada.
Para solicitar el ascenso a 1ª categoría es necesario participar en una competición oficial de nivel nacional y superar la puntuación mínima requerida según la modalidad de la tirada.